Dictaminaron el proyecto de Ley de Transparencia y Ética Pública en Entre Ríos

Dictaminaron el proyecto de Ley de Transparencia y Ética Pública en Entre Ríos

​En una entrevista con el programa radial Amanece Litoral, el senador provincial Jaime Benedetti (Juntos por Entre Ríos – Gualeguaychú) brindó detalles sobre el avance de la normativa que busca regular los deberes de los funcionarios, las incompatibilidades y las declaraciones juradas en todos los poderes del Estado provincial.

 

​Las comisiones legislativas alcanzaron dictamen de mayoría para el proyecto de Ley de Transparencia y Ética Pública de Entre Ríos, un texto de 39 artículos estructurado en cuatro capítulos que ingresará formalmente para su sanción en las próximas sesiones.

​En diálogo periodístico, el senador Jaime Benedetti destacó el nivel de consenso alcanzado para reglamentar los principios establecidos en los artículos 37 y 40 de la Constitución Provincial. Según explicó el legislador, la iniciativa busca establecer pautas de conducta, prevenir la corrupción y fortalecer los mecanismos de control estatal en un marco de idoneidad y probidad.

​Alcance amplio y control en todos los niveles

​La futura normativa abarcará de manera integral a los tres poderes del Estado provincial: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, extendiendo su aplicación a municipios, comunas, juntas de gobierno y entes autárquicos o mixtos.

​Comprende tanto a funcionarios y empleados públicos como a personas que desempeñen cargos de carácter honorario (ad honorem). Además, establece regulaciones sobre las incompatibilidades en la función pública para evitar la acumulación no permitida de cargos y prevenir posibles conflictos de intereses mediante el registro de vínculos de parentesco, convivientes y participaciones en sociedades comerciales.

​Rigurosidad en las Declaraciones Juradas

​Uno de los aspectos centrales de la norma radica en la profundización de los requisitos para las presentaciones patrimoniales:

​Periodicidad y plazos: A diferencia del esquema anterior —donde el trámite se realizaba al inicio y al final de la gestión—, los funcionarios deberán presentar una declaración jurada inicial dentro de los primeros 30 días, actualizarla anualmente cada 30 de julio y presentar un informe final al concluir sus funciones.

​Detalle patrimonial: Las presentaciones requerirán un desglose minucioso de activos, incluyendo inmuebles, vehículos, deudas e inversiones financieras como criptomonedas. Los criterios homogéneos de valuación de bienes quedarán definidos en la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo.

​Publicidad y confidencialidad: Se dispondrá la publicación de resúmenes informativos en sitios web oficiales para garantizar el acceso público. Se resguardará únicamente aquella información sensible o privada —como números de cuentas bancarias— por motivos de seguridad personal.

Sanciones por incumplimiento: El texto establece un régimen de multas graduales que oscilan entre el 5% y el 100% ante la falta o demora en las entregas, acompañado por la publicación de un registro oficial de cumplidores e incumplidores.

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