25 julio, 2026

Con la Ley de Alquileres, «propietarios e inquilinos son perjudicados»

Con la Ley de Alquileres, «propietarios e inquilinos son perjudicados»

 

 

 

Autoridades del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos remitieron una nota a los legisladores nacionales de la provincia, en la que trasmiten las conclusiones a las que arribó la institución en relación al funcionamiento práctico de la Ley N° 27551, de alquileres.

En este sentido, la presidenta del colegio, María Paula Armándola, por FM Litoral dijo que «los problemas se dieron y pasó lo que dijimos, en el interior del país había problemas, excepto en Buenos Aires que no existía la conflictividad en el mercado de alquileres, hoy la hay. Entonces, creemos que los legisladores pueden aprender de lo sucedido y convocar a la mesa a los actores que el propio estado ha creado para asesorar a las partes».

 

 

 

LOS CAMBIOS QUE SE PROPONEN

El Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos ratifica todos los
cuestionamientos formulados en 2018, a título de advertencias, sobre las
consecuencias negativas que tendrían los cambios que por entonces se proyectaban.
Ese año, las conclusiones de la “III Cumbre Inmobiliaria Federal” realizada en Mendoza
también habían sido remitidas a los legisladores, pero evidentemente fueron
desatendidas.

En consecuencia, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios reitera aquellos
argumentos y sugiere modificar la ley 27551 en tres cuestiones fundamentales.

Propone “acortar el término mínimo de duración y de orden público de un contrato
de locación reduciéndolo de tres a dos años, para aliviar a las partes de las
consecuencias de un contrato extenso y por cierto agotador, plazo al cual ninguna de
las partes quiere verse sometido”.

También, “acortar el plazo de indexación contractual reduciéndolo de un año a un
término de seis meses, a los efectos de evitar el duro golpe que significa para el
inquilino el efecto del ajuste inflacionario anual, y para el propietario las
consecuencias de la pérdida del valor adquisitivo de la moneda en tan largo término”.

Finalmente, solicita “dejar sin efecto la obligación de ajustar los contratos por el índice combinado de ajustes del promedio de la variación salarial y el promedio de la variación operada en el poder adquisitivo de la moneda (variación de precios al consumidor –inflación-) dejando librado al criterio de las partes contratantes la aplicación de cualquier índice oficial que publique el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)”.

 

 

Ley de Alquileres: El CCPIER envió una nota a legisladores nacionales

 

 

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