Las defensas solicitaron la absolución y hubo últimas palabras por parte de los acusados.
Los fiscales Laureano Dato y Gamal Taleb pidieron penas para seis de los siete imputados en el juicio por coacciones agravadas, resistencia a la autoridad y amenazas.
Guillermo Barreira fue la única persona contra quien se dejó de sostener la acusación púbica.
Precisamente, para José Zarza se reclamó un castigo de 5 años y medio de prisión; para Carina Domínguez, Noemí Santamaría y el ex ministro de Salud Ariel De la Rosa se solicitó una pena de 5 años de prisión; respecto de Zunilda Suárez se requirió una reprimenda de 3 años y medio de prisión. Por último, sobre la imputación contra el director del IOSPER y dirigente de UPCN, Fabián Monzón, los fiscales solicitaron que sea sentenciado a 1 año y medio de prisión condicional. Por otro lado, los tres abogados defensores, Leopoldo Lambruschini y Julio Federik -en representación de De la Rosa-, y Marcos Rodríguez Allende -por los cinco imputados acusados-, cuestionaron con dureza a los integrantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) y reclamaron la absolución de sus pupilos. El adelanto de sentencia se conocerá el martes 6 de noviembre a las 9.
La última jornada de debate comenzó este lunes a las 17.40. Los fiscales abrieron la audiencia diciendo que la entrevista radial que se incorporó el último día de testimoniales, donde Noelia Trossero habló del conflicto con dirigentes de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN), fue remitida completamente por el programa Despertando (FM Río Diamante).
El fiscal Laureano Dato realizó el informe final y reconstrucción de los hechos a partir de la prueba producida en la Investigación Penal Preparatoria y el juicio oral. Aclaró que desde el MPF tienen certeza respecto de todas las hipótesis acusatorias, a excepción de dos casos puntuales. Pidieron la absolución del secretario de UPCN Guillermo Barreira, que era quien acompañaba a Fabián Monzón el miércoles 7 de junio de 2017. Ambos estaban en el exterior del Hospital Colonia de Salud Mental cuando sacaban detenidos a José Zarza, Zunilda Suárez y Carina Domínguez. En el camino de los dos patrulleros, Monzón se interpuso y frenó su paso. El episodio con los policías terminó con Monzón en el piso y la detención de ambos. Por otro lado, los fiscales marcaron que si bien la delegada gremial Zunilda Suárez había sido acusada por dos hechos de coacciones agravadas -el lunes 5 de junio y el miércoles 7-, sólo había participado el miércoles 7 de junio, por lo cual se desistió de la acusación en su contra que correspondía al lunes 5 de junio.
En tanto, las acusaciones sí fueron sostenidas en el resto de los casos. Carina Domínguez, secretaria gremial, fue acusada por organizar y financiar las coacciones agravadas del lunes 5 de junio; y también por participar de hechos similares el miércoles 7 de junio. “Todos los testigos fueron contestes que la presencia de integrantes de UPCN en el hospital generaban un ambiente tenso, hostil, con patoterismo, sorpresa, miedo. Antes también habían ocurrido otros hechos similares. Trossero no pudo tomar decisiones en libertad”, consideró el fiscal. Habló del grado de afectación psicológica de Trossero y dijo que la mujer “sentía pánico”. Para los fiscales, Domínguez fue coautora de las coacciones agravadas junto a José Zarza y Noemí Santamaría, ambos secretarios de UPCN.
Luego, Dato describió lo ocurrido el martes 6 de junio. Recordó la conversación telefónica de Trossero con el ex ministro De la Rosa. Trajo a colación los términos en los que concretó ese contacto. “Él reconoció que reaccionó fuerte”, señaló Dato, en referencia a la ampliación indagatoria del ex ministro. “Ella contó que se sintió más agraviada como mujer que como directora del nosocomio”, acotó.
Luego se volcó al episodio del fax. “Ella entendió que se disponía la reincorporación de (Yanina) Migueles. Se venía confeccionando esa decisión ministerial desde el día anterior, porque luego de la conversación con Trossero, desde el Ministerio se llamó a Carina Domínguez. Lo sabía el gremio antes que la propia comunicación fehaciente con Trossero”, manifestó.
El fiscal se remitió después a lo acontecido el miércoles 7 de junio. “Monzón y Barreira se interpusieron en el camino de los patrulleros. Monzón dijo ser director del IOSPER y amenazó a uno de los policías con hacerlo trasladar”.
“Fue un concierto de voluntades e intenciones que confirman la teoría de la Fiscalía. El objetivo era quebrantar la voluntad de Trossero y se retracte en la decisión de dar de baja a Migueles. Si Trossero se equivocó en la baja de la empleada, ese no era el modo, por la violencia ejercida que debe valorarse con perspectiva de género”, pidió por último.
A su turno, Gamal Taleb consideró que “las versiones defensivas son válidas pero no aceptables desde la razón”. “Son versiones de una manifestación gremial casi idílica que no tiene nada que ver con la prueba de la causa”, dijo.
“Lo que ocurrió el 5 y el 6 de junio es un tipo penal también subsumible como coacción agravada por la calidad de funcionarios públicos. Lo que ocurrió el 7 de junio también es un injusto penal de coacción agravada, pero en grado de tentativa porque fueron las detenciones -para el caso de Domínguez, Zarza y Suárez-”, señaló y sobre la conducta de Monzón añadió: “Fue resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves”.
Después el fiscal se explayó en la explicación sobre la configuración del delito de amenazas. “Las amenazas tienen que ver con dos medios comisivos: son actos intimidatorios cuando se le anuncia un mal futuro a la víctima; y cuando hay medios de violencia física e implican un recorte del ámbito de libertad. La fuerte presión moral y los empujones son un medio comisivo para provocar lo que provocó efectivamente: pánico en la víctima”, explicó. “Lo que no se podía hacer es ejecutar acto administrativo a través de un grupo de personas que no tiene nada que ver con el Ministerio de Salud”, acusó.
Taleb también dedicó un momento a explicar que “este juicio no es igual a los casos de Villaguay o Federal, donde UPCN reclamaba bajas en lugar de cesantías”. “Entonces no es que vinieron a defender una fuente laboral. Esta es la metodología que se utiliza y eso quedó probado en el juicio de Bobadilla -Concepción del Uruguay-. Era una práctica habitual y se quería mostrar como un triunfo a los trabajadores que se había impuesto la propia voluntad de UPCN. Además se quería la renuncia de Trossero porque era una persona de decisiones firmes, que no admitía patoterismo”.
El fiscal también entendió que las conductas de los dirigentes gremiales deben leerse en concatenación con las conductas del ex ministro De la Rosa. “Actuaban en forma conjunta, como en un juego de pinzas. Ministro amenazaba por teléfono y en territorio los que iban a hacer cumplir eran de UPCN. Sabemos de la pública pertenencia del ex ministro a UPCN y por eso en su caso también es una coautoría. Desde esa posición de poder le dijo a Trossero que sabía ‘cositas’ de ella, obvio que fue una presión indebida. Porque lo que se debe hacer si se conocen irregularidades es otra cosa y el juicio demostró que no conocía ninguna”, manifestó.
Después de los pedidos de pena, Taleb concluyó: “Debemos considerar como atenuante que hay alguien de prácticas patoteriles de UPCN que no está imputado en este juicio. Hay un autor detrás del autor, por eso debe valorarse como atenuante. Hay alguien que está moviendo los hilos detrás, e instaura prácticas violentas”.
“Reproche funcional”
Por otro lado, el defensor Leopoldo Lambruschini se quejó de la acusación en contra de su representado. “Mi defendido no negó la llamada telefónica, sino que la reconoció”. Mencionó “un expediente ministerial iniciado por Trossero en mayo de 2017, cuando se pedía el cambio en el sector de trabajo de Migueles. Después remitió Trossero el expediente al Ministerio de Salud, para que le diera la baja de Migueles. La enfermera interpuso un Recurso de Apelación Jerárquica con representación del gremio. El 5 de junio se produjeron hechos bajo juzgamiento. Se hizo una denuncia y se dio publicidad en los medios. Esto estaba en la tapa de todos los diarios. Tomó intervención Víctor Berta, él aconsejó al Ministro la reincorporación de Migueles. Por eso se comunicó con Trossero, previo a una llamada que también hizo el director de Salud Mental, Carlos Berbara, en el mismo sentido, atento a la gravedad del conflicto suscitado”, resumió.
“Se trató de un reproche funcional laboral por parte de un superior a un inferior, porque lo que hizo Trossero es un incorrecto. Trossero tergiversó el contenido de la conversación. Él reconoció haberle reprochado los problemas que generaría en el Ministerio de Trabajo y el conflicto político. No es cierto que De la Rosa le haya requerido la renuncia a Trossero, aunque podría haberlo hecho perfectamente. El cargo de Trossero es político. Ella dijo que renunciaría si se reincorporaba a Migueles. Él le contestó que hiciera lo que quisiera si no se sentía capacitada”, acotó Lambruschini.
Julio Federik participó en el mismo sentido que su antecesor, reforzando la alegación. “El MPF, con fórceps quiso ingresar la figura de coacción agravada en una persona que está a 40 kilómetro de distancia. Si no hay acción del autor en el proceso ejecutivo, no hay principio de ejecución, no hay manera que pueda ingresar un coautor. A la teoría del MPF nunca la vimos aplicada y no resuelve lo que dice la ley. Una interpretación sistemática no puede ir en contra del texto impreso de la ley, sobre todo cuando está enmarcado en un sistema de normas”, criticó.
Luego el defensor advirtió: “La señora se habrá sentido inquieta temerosa, pero debe sentirse así respecto del Código Penal. Es ella la que provoca en definitiva las reacciones, esta acción ilegal y típica, y no vi una palabra del MPF ni escuché nada, ni en el expediente ni aquí. Entonces, dejo planteada esta situación porque no he visto que el MPF haga nada respecto de esto que debió ser analizado y en su caso descartado. ¿O no es así que Trossero pidió la cesantía al Ministerio? ¿O no es así que impidió que Migueles ingresara a trabajar? Por eso pedimos la absolución en el aspecto fáctico como estrictamente jurídico”, cerró.
“Una cosa son los no buenos términos y otra cosa las coacciones agravadas»
Marcos Rodríguez Allende, a su turno, también pidió la absolución de sus representados. Dijo que “Migueles no era el único problema medular en Diamante”. “Se piensa que UPCN actuó porque Migueles era delegada gremial y eso no es así, es porque la cesantía que le aplicaron es ilícita o ilegal y por otros actos administrativos que debemos conocer. Es ilógico pensar que van a coaccionar a alguien cuando llaman a los medios”, aseveró.
El abogado sostuvo que Domínguez se defendió en la IPP de una serie de hechos que le fueron imputados y luego cambiaron, en el transcurso del debate oral. “Mi defendida se defendió de haber irrumpido a la antesala del despacho -el lunes 5 de junio-, y eso no fue así. No se defendió de haber orquestado con zarza aprietes, haber organizado o financiado una actividad que no sabemos. Esto nos deja indefensos con Domínguez. ¿Cuál es el hecho que se le imputó? Así como no se acusó a Suárez por lo del lunes, lo mismo debería haber ocurrido con Domínguez”, aseguró el abogado. Sin embargo, Domínguez no fue acusada en el juicio por los hechos del lunes 5 de junio sino por los hechos del miércoles 7 de junio, en grado de tentativa.
Cuestionó que “se hable de patota y apriete” y dijo que “son conceptos agraviantes para la defensa”. Tildó a los testigos de la acusación pública de “parciales y no objetivos”. “Vinieron a acomodar la declaración brindada por Trossero que no dijo toda la verdad. Ella solo nos mostró una parte de los acontecimientos. No nos mostró el todo de la realidad que es lo que dice Zarza y Santamaría entre otros”. “Una cosa son los no buenos términos y otra cosa las coacciones agravadas”, defendió.
Por último, respecto de Monzón dijo que “así como se le quitó la responsabilidad penal a Barreira se le puede quitar a Monzón que no cometió atropello o resistencia a la autoridad. Por el contrario, había medios de prensa que pudieron filmar. Voy a coincidir con Federik a la hora de sorprendernos por ser ilógicos los argumentos para mantener la calificación legal”, completó y reclamó las absoluciones correspondientes.
Réplicas
El fiscal Taleb replicó los planteos defensivos. “Respecto de la delación sobre el principio de congruencia respecto de la irrupción de Domínguez en el despacho de Trossero, se readecuó hecho en la IPP, se recibió nueva declaración indagatoria y se realizó nueva remisión a juicio. En cuanto a que sustentamos la acusación en una doctrina marginal, digo que eso no es así en absoluto. No es marginal sino la doctrina dominante. Sobre el reproche por el pedido de penas muy altas, hemos establecido el mínimo de penas”.
