Se trata de un plazo especial para los contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este jueves un cronograma especial para la presentación de las Declaraciones Juradas por Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular.
La decisión alcanza a aquellos contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que suspendió este miércoles los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago del impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales en 22 provincias.
«Esto no implica una variación en la posición de la AFIP en relación con un avance indebido del Poder Judicial sobre potestades esenciales del Estado nacional, entre las que sobresale determinar tiempo y modo de pago de las obligaciones tributarias», informó la entidad recaudatoria.
Cuáles son las nuevas fechas y para qué DNI:
-CUIT terminados en 0, 1, 2, 3 y 4 el 13 de julio
-CUIT terminados en 5, 6, 7, 8 y 9 el 14 de julio
La fecha de pago es la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada
A qué personas alcanza
Las personas alcanzadas son los profesionales matriculados en diversos Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de jurisdicciones de todo el país que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario, publicó Ámbito Financiero.
