El Defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, explicó los principales cambios del nuevo régimen penal juvenil, que redujo la edad de punibilidad de 16 a 14 años. Cuestionó las condenas de hasta 15 años y afirmó que la reforma no disminuiría los delitos. También alertó que “esta ley avanza sobre las autonomías provinciales”.
El Defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, cuestionó el nuevo régimen penal juvenil y la baja de la edad de punibilidad de 16 a 14 años.
Sostuvo que la reforma no permitiría reducir los índices delictivos ni mejorar la seguridad ciudadana y planteó reparos sobre su compatibilidad con la Constitución Nacional y los tratados internacionales.|
El nuevo régimen comenzó a regir para adolescentes de entre 14 y 18 años que fueran acusados de cometer delitos. Entre sus principales disposiciones, la norma estableció la posibilidad de aplicar penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
Benítez recordó que la Defensoría General de Entre Ríos ya había expresado su oposición a la modificación, tanto por el procedimiento mediante el cual fue aprobada como por su contenido. “Nosotros ya nos hemos expresado en contra del cambio de régimen, de la manera en que se dio y del contenido del mismo”, señaló.
Cuestionamientos a la baja de la edad
La principal modificación fue la reducción de la edad a partir de la cual un adolescente podía ser responsabilizado penalmente. El sistema anterior fijaba la punibilidad desde los 16 años, mientras que la nueva legislación la estableció desde los 14.
El Defensor General rechazó que esa medida tuviera un impacto directo sobre la cantidad de delitos. “Si el objetivo de esto es lograr mayor seguridad ciudadana, eso no se va a lograr con la baja de la edad de punibilidad”, afirmó.
Para sostener su postura, comparó los indicadores de Argentina con los de otros países de la región. Según indicó, la tasa argentina se ubicó en 3,7 homicidios cada 100.000 habitantes, pese a que hasta la entrada en vigencia de la reforma la edad de punibilidad había sido de 16 años.
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Benítez señaló que países con edades de punibilidad inferiores registraron tasas de homicidios superiores a la argentina. Mencionó los casos de Uruguay, Brasil, México y Paraguay.
“Países que tienen una edad de punibilidad de 12 o 14 años, como vamos a tener nosotros ahora, tienen índices de homicidios muchísimo mayores a la República Argentina”, expresó.
“Eso nos demuestra que la baja de edad no disminuye el delito ni da mayor seguridad ciudadana. Si ese es el objetivo, no se va a lograr con esto”, agregó el funcionario judicial.
Penas de hasta 15 años
Además de bajar la edad de punibilidad, el régimen fijó un máximo de 15 años de prisión para los adolescentes. Benítez reconoció que el establecimiento de un límite podía interpretarse como un aspecto progresivo, pero cuestionó la extensión de las condenas, publicó El Once.
“La reforma más importante es la baja de edad. Hasta ahora la punibilidad de los niños era a partir de los 16 años y ahora va a ser a partir de los 14”, explicó a El Once.
“Conjuntamente con esta baja se establecieron una serie de mecanismos. Por ejemplo, un máximo de pena de 15 años. Eso, en cierto sentido, se puede interpretar como algo progresivo porque le pone un límite a la pena”, añadió.
Reclamo por la revisión de las condenas
El Defensor General comparó el sistema con el de Brasil, donde, según indicó, la pena máxima prevista para adolescentes era de tres años y las medidas se revisaban cada seis meses.
“Acá no solamente es de 15 años, sino que además no se prevé la revisión de la condena, como dicen los tratados internacionales”, cuestionó.
Benítez consideró que esas disposiciones implicaron un retroceso en materia de derechos. “Es una ley regresiva, que retrocede los derechos de los niños y que no se condice con los tratados internacionales, con la Convención sobre los Derechos del Niño ni con las resoluciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas”, sostuvo.
La aplicación en Entre Ríos
El funcionario afirmó que los operadores judiciales tendrán que interpretar la nueva legislación en consonancia con las normas de mayor jerarquía. “Debemos tratar de armonizar esta ley, que no es compatible, con la Constitución Nacional. Es una tarea que vamos a tener que hacer todos los operadores de Justicia”, explicó.
También planteó que la legislación nacional podría avanzar sobre facultades reservadas a las provincias. Entre Ríos ya cuenta con una normativa provincial que regulaba los procesos penales relacionados con personas menores de edad.
“Esta ley avanza sobre las autonomías provinciales. Si bien es una ley de derecho sustancial, avanza sobre derechos que no fueron delegados por las provincias a la Nación”, sostuvo Benítez.
Según explicó, los integrantes del sistema judicial tendrán que determinar qué disposiciones correspondían al ámbito nacional y cuáles debían aplicarse en Entre Ríos. En ese análisis también debería considerarse la legislación penal juvenil provincial.
“Se va a tener que deslindar qué es lo que se aplica a nivel nacional y qué es lo que nosotros vamos a aplicar a nivel provincial, porque tenemos una ley provincial penal de menores”, afirmó.
Benítez manifestó que debería priorizarse la norma que resultara más compatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos. Esa interpretación quedaría en manos de jueces, fiscales, defensores y demás operadores involucrados en cada expediente.
Finalmente, el Defensor General reiteró su rechazo a considerar la reducción de la edad de punibilidad como una herramienta para disminuir los delitos cometidos por adolescentes. “No mejora la seguridad ciudadana ni reduce los delitos”, concluyó. (APFDigital)
