Iosper dio detalles del pago en prestaciones a menor con capacidad diferente

La Obra Social de la provincia rechazó no haber cumplido con el pago a prestadores que atienden a un menor afiliado con capacidades diferentes; aseguró que la madre del niño cobró, a principios de septiembre, $588.983,56.

 

 

En este sentido, se ratificó que «hace casi un mes que el afiliado y su abogado tienen a disposición el dinero para abonar a quienes atienden al pequeño». Así lo informó el gerente de Administración del organismo, Arnoldo Schmidt, quien ratificó que «en resguardo de los escasos recursos de la Obra Social, del cuidado del sistema de Salud Pública, y de los casi 300.000 afiliados a Iosper, realizamos un estricto control previo a los pagos, en particular, cuando deben efectuarse en forma directa».

Tras la publicación de una nota en un sitio digital de Chajari, el 3 de octubre pasado, titulada Padres de un niño con severa discapacidad reclaman al Iosper por falta de pago a los profesionales que lo atienden, el gerente de Administración del Instituto, Arnoldo Schmidt, desmitificó la situación. Schmidt precisó que el 8 de junio, la afiliada madre del niño con discapacidad, presentó, en la delegación de Iosper de Concordia, documentación para reintegro con la que se abrió un Expediente Administrativo consistente en Facturación correspondiente a honorarios por sesiones de Fonoaudiología (meses marzo y abril de 2018); de Terapia Ocupacional (febrero-marzo y abril de 2018); de Psicomotricidad en el agua (marzo y abril de 2018); de Acompañamiento Terapéutico (febrero, marzo y abril de 2018), de Cuidados de Enfermería (febrero, marzo y abril de 2018); por Transporte (viajes que se hubiesen realizado para el traslado del afiliado a sesiones de: Terapia Ocupacional, Equinoterapia, Kinesiología Neurológica, Kinesioterapia Respiratoria, Psicomotricidad, Fonoaudiología, a la escuela, en febrero, marzo y abril de 2018); facturación correspondiente a pañales febrero, marzo y abril de 2018), Cuidador Domiciliario (febrero, marzo y abril de 2018); de Equinoterapia (febrero, marzo y abril de 2018)».

 

 

Judicialización de la salud

El funcionario explicó que esa documentación llegó acompañada por una sentencia judicial condenatoria, tras una Acción de Amparo dictada por el juez de Garantías de Chajarí, de fecha 12 de mayo de 2018, donde ordena a Iosper que brinde al menor la inmediata cobertura integral y gratuita (100 por ciento) de las prestaciones mencionadas, durante el período comprendido entre febrero y diciembre de 2018, a los valores indicados, mediante la modalidad de pago directo a cada uno de los prestadores.

Schmidt aclaró que la misma documentación fue presentada en los meses de mayo y junio de 2018, en tanto en julio se repitió el día 19. «La documentación fue acompañada por la copia de la sentencia de amparo y el Certificado de Discapacidad expedido Iprodi el 20 de marzo de 2012, con diagnóstico de retraso mental, epilepsia y riñón poliquístico no especificado, con vencimiento el 20 de septiembre de 2018».

 

 

 

 

Auditoria de Ater y Afip

El contador destacó que en virtud «de la cantidad de prestaciones, la diversidad de las mismas, la cantidad de períodos para reintegro presentados por el afiliado según las fechas enunciadas con anterioridad, y la sentencia de Amparo, que indica taxativamente que debe realizarse mediante pago directo a cada uno de los prestadores, los expedientes en cuestión a la fecha de la publicación de la nota (03-10-18) se encontraban en el ámbito de la gerencia de Administración para la auditoria de los equipos técnicos y administrativa de la documentación presentada, dado que se dio la debida intervención a los organismos tributarios provincial (Ater) y Nacional (Afip) con los cuales, Iosper

trabaja mancomunadamente y en cooperación permanente para la fiscalización de los prestadores y proveedores, como paso previo indispensable a realizar el pago de las prestaciones».

 

 

Cuidar el servicio de salud

Schmidt aclaró que «en resguardo de los escasos recursos de la obra social y siempre propendiendo a su optimización, así como en resguardo del sistema de Salud Pública, y de los casi 300.000 afiliados a Iosper, se realiza un estricto control previo a los pagos, y, en particular, cuando los mismos deben efectuarse en forma directa a los prestadores, como es en este caso, según lo dispuesto por el juez de Garantías en cuanto a la categoría impositiva en la que se encuentra inscripto el prestador, verificación de certificado de Libre Deuda en Ater, constatación de que las facturas presentadas cumplan todos los requisitos exigidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), tarea que, repito, se lleva a cabo con cruces de información y verificación no solo de parte de Iosper, sino también de Ater y Afip. Como se podrá entender, tamaño control, lleva su tiempo administrativo».

Schmidt aclaró a la ciudadanía en general, y a todos los afiliados Iosper, en particular, que el 3 de octubre pasado, el afiliado manifestó en un párrafo de la nota periodística que: «Iosper no está cumpliendo desde hace alrededor de siete meses con algunas prestaciones». El funcionario ratificó que «la documentación correspondiente a febrero, marzo y abril fue presentada el 8 de junio de 2018; la de abril y mayo, el 19 de julio, y la de julio de 2018, el 6 de septiembre pasado. Como se puede observar, Iosper tomó conocimiento de la primera documentación para el pago de las prestaciones del afiliado en cuestión hace cuatro meses; de la segunda documentación, hace dos meses y medio y la última, hace escasamente un mes».

 

 

El dinero, a disposición

A título informativo, Schmidt ratificó que el 14 de septiembre pasado, tras la presentación de la afiliada en representación de su hijo menor, con el patrocinio letrado correspondiente, el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número 1 de Chajarí, decretó un embargo ejecutorio sobre los fondos depositados, o que, en el futuro, se depositen en la Cuenta Corriente de Iosper, en el Nuevo Banco de Entre Ríos. «Ese débito de los fondos que la Obra Social poseía en la Cuenta Corriente mencionada, fue realizado y materializado, el día 10 de septiembre pasado, según Resumen de Cuenta remitido por el Banco por la suma total de 588.983,56 pesos. Es decir que, hace casi un mes que el afiliado y su abogado patrocinante tienen conocimiento y a disposición el dinero para efectuar el pago a los prestadores, ya que en forma intempestiva fue embargado de la CC del Instituto».

A Schmidt le sorprendieron los dichos de la afiliada, quien aseguró que «para esta altura del año, ninguna de los profesionales cobró siquiera un peso, así como tampoco nosotros cobramos los reintegros por la compra de pañales».

«Que quede claro: se está realizando un estricto control y un trabajo en conjunto con el cruce de información con Ater y Afip, y si hay algo que no está en regla, tomaremos las medidas pertinentes», fustigó.