Investigarán dos falsos testimonios surgidos durante el juicio a Nahir Galarza

Una perito psicóloga y una vecina quedaron en la mira tras la sentencia a la joven. El Ministerio Público deberá llevar adelante las causas. Así se estableció en los considerandos del fallo condenatorio a Nahir Galarza.

 

El Tribunal de Juicio de Gualeguaychú sostuvo en los considerandos del fallo condenatorio a Nahir Galarza, quien asesinó a Fernando Pastorizzo, que se deberán abrir dos investigaciones paralelas por falso testimonio.

En la página 89 instruyó «al Ministerio Público Fiscal que dé inicio a la investigación correspondiente ante la posibilidad que la testigo María Inés Correa y la perito Alicia Yolanda Paday, hayan incurrido en el delito previsto en el art. 275 Código Procesal Nacional».

Para ese fin remitió y puso «a su disposición el legajo de pruebas y los soportes digitales que reproducen las audiencias celebradas en el curso del debate» desarrollado en junio y que culminó el 3 de julio con la sentencia.

Vecina curiosa

Los jueces Mauricio Derudi, Alicia Vivian y Arturo Dumon argumentaron que «lo narrado por la testigo María Inés Correa en relación a que esa noche -del 29 de diciembre- habría visto cuando Fernando Pastorizzo salió de la vivienda de Galarza con el arma en la cintura, no resulta creíble».

Los magistrados cuestionaron que «la posesión del arma por Fernando Pastorizzo no encuentra explicación racional en el desarrollo posterior de los acontecimientos» y dijeron que «las razones que dio la testigo lucen inconsistentes».

Además se valieron de una propia prueba aportada por Correa: «si uno repara en los videos aportados por la misma testigo que ilustra la visión que se tiene desde la ventana hacia la casa de la imputada, fácil es apreciar que en absoluto pudo la testigo distinguir lo que tendría Pastorizzo en su cintura, [o sí]se trataba de un arma; mucho menos cuando ella misma afirmó que no conocía de armas».

«Pero además la credibilidad de la testigo se desmorona aún más, cuando su relato describe circunstancias que ni siquiera coinciden con el falaz descargo efectuado por la imputada», haciendo foco por ejemplo en «que no haya visto los cascos».

El otro párrafo, expresaron que «para dejar perfectamente claro que la testigo ha faltado a la verdad, también pone en crisis su credibilidad el propio comportamiento: no se encuentra explicación que si, como ella lo indicó, en numerosas oportunidades se comunicó con la fuerza policial para dar cuenta de diversas situaciones visualizadas en las afueras de su vivienda -«desde actos sexuales entre hombres, peleas, droga, alcohol»-, no haya efectuado en la madrugada del hecho un llamado a la policía a los fines de comunicar lo presenciado, teniendo en consideración la gravedad de la situación apreciada, en la cual un sujeto con un arma de fuego habría subido forzosamente a su moto a una mujer y la chica en peligro era su vecina».

Así califican a los dichos de Correa como «falaces» con «la intención de beneficiar» a Nahir Galarza.

 

La perito Paday

El fallo también cuestiona fuertemente el informe confeccionado por la Lic. Alicia Yolanda Paday, como perito psicóloga de la Defensa.

«Al analizar la actuación de la experta, se repara que su obrar resulta sumamente cuestionable desde cualquier punto de vista, habiendo quedado demostrado en su declaración e informe una absoluta ausencia de rigorismo científico».

Asimismo, se respaldó las acciones del resto de los peritos al sostener que «debemos considerar que las intervenciones de los Dres. Simón Ghiglione y Yamila Horane Bulit, sumada a la del Lic. Nicolás De Battista, conforman de por sí un sólido plexo probatorio que desacredita abiertamente todas y cada una de las afirmaciones de Paday».

«La falta de seriedad y rigorismo científico de la Lic. Paday, además, surge de sus propios dichos, desde que reconoció que únicamente mantuvo una entrevista con Nahir, que no alcanzó a cubrir una hora de tiempo, a diferencia de la seria y consistente evaluación desarrollada por el perito psiquiatra Ghiglione, que demandó tres entrevistas con la imputada, que fueron video grabadas».

El alerta metodológico para Paday prosiguió al contemplar que «no verificó que la entrevistada fuera quien llenara el cuestionario, dado que como ella misma sostuvo, se lo dejó a la acusada para que lo respondiera con tranquilidad, y luego se lo llevaron a su consultorio ya contestado».

Además lo jueces advirtieron que «las numerosas contradicciones y respuestas esquivas demuestran la inconsistencia interna de la versión de Paday que son demostrativas de su clara intencionalidad por favorecer a la encausada».

En consecuencia, «no sólo corresponde descartar la evaluación» de Pallay a Nahir Galarza sino también «ser investigada por el delito de falso testimonio». (Reporte2820)